La excepción: Un
asunto de poder
Por Sarita Deffitt
La
sociedad es una agrupación de individuos que buscan en conjunto la satisfacción
de las necesidades individuales que también son colectivas. Esta agregación
signada por el deseo de vida, otorga a la comunidad un poder que no es otra que
La voluntad de vivir; evidenciada en
las comunidades primigenias donde lo comunitario, lo de todos y el bienestar de
todos, era de interés general; la cual se diferencia con la voluntad de poder como dominación, que es una interpretación impuesta
desde la modernidad eurocéntrica a partir del año 1492[1].
Esta
concepción del Poder asociada a la
autoridad, al imperium de la ley y al
ejercicio del monopolio legítimo de la violencia[2], es la característica propia
del Estado moderno que históricamente representa los intereses de la clase
burguesa, que asumió el poder desde la Revolución Francesa, e impuso sus
valores de carácter universal para los iguales, donde la diferencia había que
remarcar y la divergencia suprimir, y con ello perpetuar el modelo que les
garantizaba sus intereses y hegemonía.
Dentro
de este orden impuesto, surgen movimientos sociales en lucha por negar este
sistema político y jurídico que suprime su voluntad de vivir, donde el
conflicto, la disidencia es contenida a través de los órganos de orden interno
(cuerpo armado), y de principios normativos que legitiman la acción violenta
para mantener el equilibrio y el gobierno, es así como a través del Estado de
Derecho y el principio de la legalidad, las libertades civiles otorgadas y
garantizadas podían suprimirse bajo la presunción, de estar en presencia de
dificultades interna o amenazas externas que desbordan la capacidad de las
instituciones del Estado; surge la institución legal del estado de excepción que
robustece el poder ejecutivo al transferirle autoridad civil y militar, para
mantener el control interno y defensa contra agresión extranjera[3].
La
historia republicana venezolana en materia de estados de excepción, inicia con los
poderes extraordinarios otorgados a Sebastián Francisco de Miranda en el año
1812 y la autoridad ilimitada a Simón Bolívar para el año 1819, propios y
necesarios para defender la naciente República frente a los intereses del
imperio español, del mismo modo presidentes y gobernantes han accionado los
estados de excepción y hasta abusado de esta legalidad como los ocurridos en el
punto fijismo, donde historiadores señalan alrededor de 21 decretos de suspensión
de garantías constitucionales.
Actualmente,
sobre la base de la Constitución bolivariana y el gobierno del pueblo, se
decreta nuevamente el estado de excepción bajo una concepción distinta a las
anteriores de la historia contemporánea, para volver a su origen
independentista, para proteger a la nación de atropellos, amenazas contra la
paz interna, que intentan subvertir el hilo constitucional y doblegar la voluntad popular;
identificándose con la visión de la comunidad política originaria, por la
defensa del interés general.
[1] Dussel,
E. (2010) 20 Tesis de Política. Colección Alfredo Maneiro, editorial el Perro y
la rana. Caracas-Venezuela. Pag. 25-28.
[2] Weber,
M. (1919) Política como vocación. Pag. 2
disenso.info/wp-content/uploads/2013/06/La-poltica-como-vocacion-M.-Weber.pdf. fecha 21/1/17; hora
de la búsqueda 2:00 pm
[3] Fajardo,
A. (2012) Principios de Derecho Constitucional General y Venezolano desde la
tarima del profesor. Séptima edición. Impreso en A.C. Talleres Don Bosco. Pág.
475-477.
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