lunes, 28 de noviembre de 2016

SEGURIDAD DE LA NACION, AMBITO MILITAR, GARANTIZAR LA SOBERANÍA E INTEGRIDAD NACIONAL

POR: ABG. MARIELLYS QUINTANA


En primer lugar debo destacar la importancia y significado del ámbito Militar dentro de la Seguridad de la Nación, así como también subrayar que cuando hablamos de Seguridad de la Nación, nos referimos a tres aspectos principalmente como lo son:
·         LA SEGURIDAD TERRITORIAL
·         LA SEGURIDAD DE LA POBLACIÓN.
·         Y LA SEGURIDAD DE LAS LIBERTADES DE ESA POBLACIÓN.
Estas libertades se encuentran plasmadas el Preámbulo y en el texto Constitucional, así como los principios fundamentales establecidos desde el artículo 1 hasta el artículo 09 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en el Preámbulo se establece que
 “… con el fin Supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagonica, multiétnica y pluricultural en un Estado de Justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones…”

En esta parte del preámbulo se pone en manifesto el Estado democrático, social de Derechos y de Justicia que solo tiene nuestra C.R.B.V. pues no es así en ninguna otra Constitución a nivel mundial, y además que no existía o no se estableció durante la Constitución de Venezuela en 1961, de igual forma debo mencionar el primer artículo Constitucional donde claramente y sin lugar a dudas dentro de nuestra Principios fundamentales se establecen esa libertades que poseemos los Venezolanos y Venezolanas, que deben garantizar en primer lugar las Fuerzas Armadas Nacional Bolivarianas como expresión militar del Poder Nacional; de conformidad con lo establecido en el artículo 322 donde se refiere a la SEGURIDAD DE LA NACION; pero de igual forma este artículo norma no solo la responsabilidad del Estado sino también la responsabilidad de los Venezolanos y Venezolanas, personas naturales y jurídicas, tanto de derechos público como de derechos privado, que se encuentren en nuestro país. Es decir, que el GARANTIZAR NUESTRA INTEGRIDAD TERRITORIAL Y SOBERANÍA, así como demás libertades y derechos inalienables a los que se refiere o los que se encuentran establecidos en los artículos 4 y 5 de nuestra C.R.B.V. en la que es importante enfatizar que dicha soberanía se ejerce no solo a través del sufragio como lo era en el caso de la Constitución de 1961, sino de una forma mas directa como dueño que es el pueblo del poder constituyente tal como se establece en el articulo 347 ejusdem. Somos nosotros los Venezolanos y Venezolanas pioneros a nivel mundial de este Principio de Corresponsabilidad entre el Estado y la Sociedad Civil en material de Seguridad y defensa de la Nación, este principio que debemos ejercer sobre los siete ámbitos como los son: Económicos, Social, Político, Cultural, Geográficos, Ambiental y por ultimo pero no menos importante el ámbito que les Desarrollo el ámbito Militar, de conformidad con lo establecido en el artículo 326 de Nuestra Carta Magna en concordancia con lo establecido en el artículo 05 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, así como también lo establece el artículo 76 de la Ley Orgánica de la Fuerzas Armadas Nacional Bolivariana referido a la UNION CIVICO MILITAR, materializando así el principio de corresponsabilidad fundamentado en nuestra Constitución y demás Leyes. Para finalizar y en síntesis puedo decir, que el garantizar nuestra integridad territorial, nuestra Soberanía y demás libertades, valores y derechos establecidos en nuestra texto Constitucional ES OBLIGACIÓN DE TODOS Y TODAS LOS VENEZOLANOS Y VENEZOLANAS, reguardar, proteger y velar por la Seguridad de nuestra Naciones es tarea de todos los que hacemos vida en este gran país.

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